Bromatología

  • En el marco de lo establecido en la reciente modificación del artículo 21 del CÓDIGO ALIMENTARIO ARGENTINO, que instituye la obligatoriedad del CARNET MANIPULADOR DE ALIMENTOS para el personal de fábricas y comercios de alimentación, se creó dicho curso, cumpliendo así con lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N°117/21